La Ley de Ordenamiento Territorial es Inconstitucional
No tomó en cuenta los derechos de las comunidades locales y regionales
Por Felipe Lora Longo
Como miembro del Comité de Comunicación de la Red Socioambiental Nacional he participado en varios foros auspiciado por la Red Socioambiental, la Sociedad Ecológica del Cibao, Inc (SOECI) y por la Academia de Ciencias de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) donde se presentan y discuten el impacto que algunas de las leyes dominicanastienen en los derechos humanos, en nuestros recursos naturales, y en especial, el impacto en elpatrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida, que es el agua.
El foro más reciente se celebró en la Facultada de Ciencias de la UASD, el 15 de enero del 2023 bajo el título “Segundo Taller sobre la Ley Ordenamiento Territorial”; ley que fue aprobada y promulgada “a todo vapor” el 22 de diciembrepor la actual administración como sugirió la abogada y Vocera de la Red Socioambiental Nacional, Altagracia Paulino en el artículo publicado en El Sol, el 3 de febrero con el título “Fallas en la Ley de Ordenamiento Territorial”
Después de revisar la información obtenida en el primer y segundo foro y en el extenso texto de la Ley de Ordenamiento Territorial de la República Dominicana (368-22) y después de leer varias de las opiniones publicadas sobre esta ley, creo que es necesario declararla inconstitucional, detener su implementación, reintroducirla y llevarla a una vista pública.
He aquí algunas de las razones por las cuales creo que su anulación es necesaria.
Primero, la ley parece faltarle transparencia y participación ciudadana. Por la naturaleza de la ley, esta debe ser orgánica, debatida en un proceso abierto y democrático, donde los ciudadanos tengan la oportunidad de expresar sus opiniones y preocupaciones. Sin embargo, la ley actualmente en discusión parece haber sido redactada sin la suficiente participación de la comunidad y parece haber sido impulsada principalmente por intereses empresariales y de desarrollo. Esta simple torpeza es suficiente para declarar la presente ley de antidemocrática y nula.
Segundo, la ley parece no haber tomado en consideración el impacto ambiental. La República Dominicana es un país con una rica biodiversidad y una variedad única de ecosistemas, y es importante que cualquier ley que afecte el uso del suelo considere cuidadosamente cómo afectará el medio ambiente. Sin embargo, la ley actual no parece tener suficientes medidas para proteger el medio ambiente ni para garantizar que los impactos negativos sean mitigados. Esta falta de consideración del impacto ambiental coloca esta ley en violación de la Ley General sobre Medio Ambiente (64-00) que propende por la protección de los recursos naturales, la disminución de su vulnerabilidad, la reversión de las pérdidas recurrentes por uso inadecuado del medio ambiente y los recursos naturales.
Tercero,la ley noparece haber tomado en consideración, seriamente, los derechos de las comunidades locales. Muchas de las comunidades rurales de la República Dominicana dependen del suelo para su subsistencia y para mantener sus tradiciones culturales. Es importante que cualquier ley que afecte el uso del suelo considere cuidadosamente cómo afectará a estas comunidades y garantice que sus derechos sean protegidos.
Cuarto, por la falta un proceso democrático y transparente, esta ley, aunque parece estar actualizada en lo referente a lo corporativoy empresarial, norefleja la realidad actual de nuestros pequeños agricultores y granjeros, ni de nuestras comunidades rulares, lo que dificultará su aplicación. Además, su aplicación puede ser inconsistente y poco efectiva en contra de los violadores con poder adquisitivo y político, lo que se traducirá a una falta de protección de los recursos naturales y culturales de las regiones afectadas y puede crear conflictos y tensiones entre las comunidades y las autoridades.
Quinto, puesto que la ley aparenta no haber tomado en cuenta la diversidad cultural y social de las diferentes regiones del país, su aplicación, como ha sido promulgada, puede resultar en un aumento en la falta de equidad y justicia. Las aceleradas acciones del poder ejecutivo ha dejado claro que los propulsores de esta Ley Inconstitucional, conocían de los posibles resultados que se describen en las razones 4ta y 5ta y lo más probable fueron ellos los que escribieron y apresuraron al presidente Luis Abinader para que “a todo vapor” decretara, como lo hiso, el decreto 668-22 para que éste se convirtiera en la “base legal” para desalojar y criminalizar a quienes han ocupado, por décadas, terrenos del estado
Todos, unidos, debemos demandar que la Ley de Ordenamiento Territorial de la República Dominicana sea deteniday que el proyecto se reintroduzca dándole prioridad a las vistas públicas, no solo para garantizar un proceso democrático y transparente, sino para que la Nueva Ley de Ordenamiento Territorial, tenga en cuenta el impacto ambiental y los derechos de las comunidades locales y regionales.
El presidente Luis Abinader ha dado muestra de que tiene capacidad de rectificar errores como lo hiso, a través de una “declaración oficial de la Presidencia leída por su portavoz, Homero Figueroa”, donde el gobierno indico que retiraría el Proyecto de Ley de Trata con el propósito de “lograr el consenso público necesario”. Los movimientos sociales y ambientales exigen que la ley 668-22 sea validada con vistas públicas donde se logre “un consenso.”
Es importante que cualquier ley que afecte el uso del suelo en la República Dominicana sea cuidadosamente considerada y garantice la protección del medio ambiente y de las comunidades locales y de los derechos humanos.
Finalmente, me uno a todas las organizaciones sociales y ambientalistas que ya comienzan a ver con cierta claridad los terribles efectos que una ley del calibre de la Ley de Ordenamiento Territorial, puede tener en sus regiones y comunidades, y comienzan a demandar que esta Ley NO se ponga en aplicación.
Miembro de la Red Socioambiental Nacional
Felipe Lora Longo