Tribunal sanciona a tres abogados por litigar de manera temeraria y maliciosa

Miércoles, 2 de julio del 2025, por Kelvin Isidro Valdez
La Corte de Apelación confirmó la sanción por uso indebido de recursos legales en un caso civil.
Santo Domingo, R.D. – En una decisión poco habitual, el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional impuso sanciones a tres abogados por actuar de forma «temeraria y de mala fe» durante un proceso judicial. La medida, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial, fue confirmada el pasado 16 de mayo por la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Los abogados Lilia Fernández Lora, Mariel León Lebrón y Joel del Rosario Alburquerque fueron condenados al pago de una multa de mil pesos (RD$1,000.00) cada uno, tras ser declarados litigantes temerarios en el marco de una demanda en referimiento sobre levantamiento de oposición a pago, interpuesta por la empresa Inmobiliaria Don Juan S.R.L. contra María Amelia Hazoury Delgado.
La resolución judicial, firmada por el juez Miguel Ángel Díaz Villalona, sostiene que los sancionados «actuaron con conocimiento de la improcedencia de sus diligencias» y mantuvieron «una conducta censurable» durante el proceso. El magistrado precisó que el litigante temerario es aquel que incurre en actuaciones imprudentes o maliciosas, promoviendo defensas o alegatos infundados con la intención de obstruir la justicia.
El caso surgió en el contexto de un conflicto entre Hazoury Delgado y su exesposo, Juan Rafael Llaneza Gil, quien posee vínculos con la entidad inmobiliaria demandante. El tribunal falló a favor de la empresa y declaró sin lugar las objeciones planteadas por la parte demandada y sus abogados.
Cabe destacar que la abogada Lilia Fernández Lora ha estado previamente vinculada a casos de alto perfil. Fue parte del equipo legal de la empresaria Alexandra Consuelo Mejía Arcalá en un proceso por violencia de género contra su exesposo Raúl Antonio Rizik Yeb, que concluyó con un no ha lugar.
Precedente judicial por mala práctica
No es la primera vez que un tribunal dominicano sanciona a abogados por actuar con mala fe. En 2019, el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Noreste condenó a los abogados Felipe García Hernández y Gregorio Hernández al pago solidario de 500 mil dólares junto a varios herederos, por su rol en una litis sobre una parcela en Samaná. Aunque la Suprema Corte de Justicia redujo la condena mediante la sentencia SCJ-TS-23-0388, de abril de 2023, mantuvo el principio de responsabilidad profesional al amparo del artículo 31 de la Ley 108-05.
Dicha norma establece que, si se demuestra que una demanda fue presentada con ligereza o con la intención deliberada de causar daño, el juez puede ordenar una indemnización por daños y perjuicios, además de la reparación moral correspondiente.