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¿Querella o Denuncia? Cómo saber cuál aplicar en tu caso

Jueves, 09 de octubre de 2025, por la Licda. Ana Mirian Diaz

Conocer la diferencia puede definir el rumbo de tu caso penal.

Santo Domingo, R.D. – En la práctica legal dominicana, una de las confusiones más frecuentes entre los ciudadanos ocurre al momento de acudir a la justicia penal. Muchas personas llegan a una fiscalía con la mejor intención de reclamar justicia, pero sin tener claro si deben denunciar o querellarse.

Y aunque ambas acciones parecen similares, en realidad responden a situaciones distintas y con consecuencias legales muy diferentes.

Imaginemos que alguien sufre una agresión verbal o física de parte de un vecino; que le roban el celular en un transporte público; o incluso, que una expareja le amenaza constantemente. En todos esos casos, la primera reacción es ir “a poner una denuncia”. Sin embargo, no siempre una simple denuncia basta para garantizar que el proceso avance o que la víctima tenga participación activa en el expediente.

El Código Procesal Penal Dominicano (Ley 76-02) en su artículo 262 establece lo siguiente: Facultad de denunciar: toda persona que tenga conocimiento de una infracción de acción pública, puede denunciarla ante el ministerio público, la policía o cualquier otra agencia ejecutiva que realice actividades auxiliares de investigación. Cuando la denuncia es presentada por un menor de edad, el funcionario que la recibe está obligado a convocar a los padres, tutores o persona mayor de edad de su confianza e iniciar su investigación, sin perjuicio de evitar que el hecho denunciado derive en consecuencias ulteriores.

Cada ciudadano tiene derecho a buscar justicia, pero debe conocer si le corresponde denunciar o querellarse.

En cambio, sobre la querella, se hace referencia en su artículo 267 estableciendo que: La querella es el acto por el cual las personas autorizadas por este código promueven el proceso penal por acción pública o solicitan intervenir en el proceso ya iniciado por el ministerio público.

Esto significa que, aunque ambos actos buscan justicia, la querella le da a la víctima voz y presencia dentro del proceso, mientras que la denuncia la deja como espectadora del curso de la investigación.

¿Cuándo aplicar una u otra?

Si solo quieres reportar un hecho delictivo para que las autoridades lo investiguen → Denuncia.

Si eres la víctima directa del hecho y deseas perseguir al responsable y participar en el proceso → Querella.

Por ejemplo:

Si te robaron un celular, puedes denunciar el hecho.

Pero si el autor es conocido y deseas participar en el caso para exigir justicia, puedes querellarte.

En un país donde la confianza en la justicia aún se construye día a día, educar sobre estas diferencias es parte esencial de fortalecer el Estado de Derecho. La denuncia es necesaria para poner en marcha el sistema; la querella es indispensable para hacer sentir la voz de la víctima dentro de él.

Por eso, antes de actuar, es recomendable buscar orientación legal. No se trata solo de “ir a poner una denuncia”, sino de elegir la vía que realmente proteja tus derechos y asegure que la justicia cumpla su propósito, el cual es defender al ciudadano.

La autora es abogada del proyecto Asistencia Jurídica Solidaria de INSAPROMA.

Licda. Ana Mirian Diaz

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