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Pese a protestas, instalan planta flotante en el río Ozama

El Instituto de Abogados para la Protección del Medioambiente (INSAPROMA) deplora que la planta eléctrica flotante Estrella de Mar III anclara ayer en la desembocadura del río Ozama, a pesar de los actos jurídicos incoados para prevenir su entrada en operaciones.

 La entidad indica que en torno a esa planta, propiedad de la empresa Seaboard, se elevaron cinco acciones legales tendentes a hacer valer el principio de prevención en materia ambiental, “frente a la entrada de operaciones de esta, sin la misma haber agotado todos los procesos de permisología”.

El organismo aclara que, pese a los múltiples recursos interpuestos, las autoridades se han hecho cómplices con su silencio.

Insaproma recuerda que en fecha 3 de marzo de 2021 realizó una denuncia penal ante la Procuraduría de Medioambiente contra las operaciones de la planta Estrella Del Mar II, que motivó un descenso del procurador de Medioambiente, acompañado de técnicos de la Academia de Ciencias y de la Universidad Autónoma de Santo Domingo; de igual manera, en fecha 14 de abril realizó una solicitud de revocación de licencia ambiental depositada ante el Ministerio de Medioambiente, sobre la base de que la renovación y extensión de la licencia ambiental No. 003-01, renovada de fecha 30 de marzo de 2020, “incorporó subrepticiamente la autorización de instalación de la nueva planta flotante, cuyo estudio de impacto ambiental se desconoce, a pesar de que fue requerido a dicho Ministerio, sin que se haya tenido respuesta todavía” explica  el gremio en un comunicado.

 Agrega que el 8 de abril de 2021 fue realizado un acto de oposición de concesión para la explotación y una advertencia de ejercicio de acciones, dirigida a la Superintendencia de Electricidad; así como una notificación de revocación de licencia ambiental, dirigida la  Superintendencia, a la Comisión Nacional de Energía y Consejo Unificado de las EDES en fecha 16 de abril de 2021.

“Finalmente, y en vista de la firme decisión de Seaboard de hacer valer su pretendido derecho a poner sus plantas de generación frente la ciudad de Santo Domingo, en fecha 27 de abril fue depositada una acción de Amparo Preventivo que ponía en causa a la Superintendencia de Electricidad, a la Comisión Nacional de Energía, al Ministerio de Medio Ambiente y a la empresa Seaboard”.

Considera que, pese a las acciones legales, las manifestaciones y las voces que se han sumado al reclamo, la respuesta es la entrada de la barcaza en el río Ozama, lo que califica como más que un desafío al ordenamiento jurídico dominicano y a su institucionalidad, una burla de parte de quienes entienden que los recursos jurídicos no cuentan ni valen, y que lo único que importa es el hecho consumado, sobre la base de aquel principio jurídico de la impunidad vigente, que indica que, después que el palo está dado, ni Dios lo quita.

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