Áreas ProtegidasEducaciónGestión AmbientalMedio AmbienteOpiniónSuelos y Agua

Ley sectorial sobre Biodiversidad No. 333-15: Un paso firme en el papel pero muy débil en la práctica

Lunes, 23 de junio de 2025, por Lic. Angela Pérez Valenzuela

Santo Domingo, D.N – La Ley 333‑15 es un instrumento legal muy bien estructurado que se alinea con estándares internacionales, especialmente en temas de acceso genético y equidad con comunidades. Tiene solidez jurídica y mecanismos integrales, esta ley, aunque poco conocida por la mayoría de la población, representa un hito en la protección del patrimonio natural del país, por ende, se debe promover el conocimiento de esta ley, porque es una responsabilidad compartida entre instituciones, medios de comunicación y ciudadanos comprometidos con el desarrollo sostenible.

Conocer esta ley es el primer paso para exigir su cumplimiento, además es una herramienta legal moderna con principios justos, mecanismos bien pensados y un enfoque integral, pero su eficacia no depende solo de su letra, sino de la voluntad política, la presión social, el empoderamiento comunitario y la vigilancia ciudadana como podemos entender que una ley no transforma por sí sola; transforma cuando se vive, se exige y se aplica.

Una ley moderna y ambiciosa

La Ley 333-15 no es una ley más. Su estructura responde a estándares internacionales, especialmente al Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo de Nagoya. A diferencia de otras normas ambientales que suelen enfocarse exclusivamente en la conservación de áreas protegidas o en sanciones por daños, esta ley abarca una visión integral y multidimensional de la biodiversidad:

  • Regula el acceso a recursos genéticos y la distribución justa de los beneficios derivados de su uso.
  • Reconoce y protege los conocimientos tradicionales de las comunidades locales e indígenas.
  • Establece principios de equidad, sostenibilidad, precaución y participación ciudadana.
  • Crea mecanismos para la planificación, monitoreo, fiscalización y sanción en casos de violación.

Este paisaje no solo es belleza: es vida, equilibrio y conservación.

El gran reto: aplicar lo que se escribe

No obstante, como ocurre con muchas leyes en América Latina, el principal obstáculo no está en el texto legal, sino en su implementación efectiva. A casi una década de su promulgación, la aplicación de la Ley 333-15 sigue enfrentando múltiples barreras:

  • Débil capacidad institucional: Las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley, como el Ministerio de Medio Ambiente, carecen de suficientes recursos humanos, técnicos y financieros.
  • Falta de reglamentos completos: Aunque algunos aspectos han sido reglamentados, otros (como la cacería o el acceso a recursos genéticos) aún esperan una regulación clara que permita la operatividad plena.
  • Poca vigilancia y fiscalización: Los delitos ambientales continúan ocurriendo, muchas veces sin sanciones ejemplares, lo que debilita la credibilidad del sistema.
  • Interferencia de intereses económicos: Proyectos turísticos, agrícolas o mineros a menudo reciben luz verde sin los debidos estudios de impacto ambiental o sin respetar el principio precautorio.

Participación comunitaria: reconocida en papel, ignorada en la práctica

Uno de los mayores aciertos de la Ley 333-15 es que reconoce el papel de las comunidades locales en la conservación y uso sostenible de la biodiversidad. Sin embargo, esta participación, en la práctica, sigue siendo limitada o simbólica, muchas comunidades rurales aún no conocen la ley ni sus derechos. Otras han sido consultadas de forma superficial en proyectos que afectan directamente su entorno y su cultura.

Educación ambiental: el otro gran pendiente

Más allá de leyes y sanciones, la biodiversidad no se protege solo desde los escritorios institucionales. Se protege también desde las escuelas, las casas, las iglesias, las redes sociales y los medios de comunicación. El problema de fondo es cultural: necesitamos formar ciudadanos con conciencia ambiental, con valores de respeto hacia la vida natural y con hábitos responsables.

Esta ley puede ser la base, pero requiere ser acompañada de un fuerte programa de educación ambiental continuo y masivo, que despierte en todo, el amor por la creación y el compromiso con su cuidado.

Una ley con gran potencial, pero exige voluntad y acción

En conclusión, la Ley 333-15 es una herramienta legal poderosa para proteger la riqueza biológica de la República Dominicana. Representa un avance importante, pero su efectividad depende de su correcta aplicación, recursos adecuados, y participación activa de la sociedad, es fundamental mejorar su implementación, simplificar procesos, fortalecer capacidades técnicas e institucionales, está ley es, sin lugar a dudas, un paso valiente, coherente y ambicioso hacia la protección del patrimonio natural dominicano.

Hoy más que nunca, proteger la biodiversidad es proteger la vida, la salud, la soberanía alimentaria y la dignidad de nuestros pueblos, que esta ley no sea solo un documento, sino una semilla de cambio real que florezca en cada bosque, río, montaña y comunidad de nuestra nación.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba