La Eficacia del Sistema Jurídico Dominicano en Materia Medioambiental

Martes, 1 de Julio del 2025, por Ana Mercedes De óleo Ventura
Santo Domingo, R.D – En los últimos años, la República Dominicana ha enfrentado una creciente preocupación por la degradación del medio ambiente. Desde la deforestación de nuestras zonas montañosas hasta la contaminación de ríos y costas, la situación medioambiental del país se encuentra en un punto crítico. Frente a este panorama, resulta indispensable evaluar la eficacia del sistema jurídico dominicano en el abordaje de los problemas ambientales, su capacidad para prevenir daños y sancionar a los responsables, así como su rol en la promoción de un desarrollo sostenible.
El país cuenta con una base legal considerable para la protección del medio ambiente. La Constitución de la República Dominicana, reformada en 2010, reconoce en su artículo 66 el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Asimismo, la Ley No. 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, promulgada en el año 2000, constituye la columna vertebral del sistema jurídico ambiental dominicano.
Esta ley establece principios fundamentales como la precaución, la prevención, la responsabilidad ambiental, y la participación ciudadana. Además, crea el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales como ente rector de la política ambiental del país. A esto se suman otros instrumentos jurídicos importantes, como la Ley No. 202-04 sobre Áreas Protegidas, la Ley No. 1-12 sobre la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, y múltiples reglamentos y resoluciones emitidas por el Ministerio.
No obstante, el problema no reside exclusivamente en la existencia de normas. El reto principal es la aplicación efectiva de estas disposiciones legales y su articulación con las demás instituciones del Estado.
Uno de los mayores obstáculos que enfrenta el sistema jurídico dominicano en materia medioambiental es la debilidad institucional. A pesar de que la Ley 64-00 otorga amplias atribuciones al Ministerio de Medio Ambiente, su capacidad de fiscalización y control ha sido constantemente limitada por factores como la falta de presupuesto, la rotación frecuente del personal técnico y los conflictos de interés político.
En muchas ocasiones, los intereses económicos y políticos superan el interés colectivo de preservar el entorno. Casos como el desmonte ilegal en Valle Nuevo, la explotación minera en Loma Miranda, o la privatización de zonas costeras protegidas como Bahía de las Águilas, reflejan una preocupante tendencia hacia la permisividad estatal frente a delitos ambientales.
Además, la independencia del Ministerio Público Ambiental —una instancia dependiente de la Procuraduría General de la República— ha sido cuestionada en varias ocasiones. Los fiscales especializados en medio ambiente no siempre cuentan con el respaldo logístico ni político necesario para llevar a cabo investigaciones y someter a la justicia a poderosos actores económicos responsables de graves daños ecológicos.
En cuanto al Poder Judicial, si bien se han creado tribunales especializados en lo contencioso administrativo, no existe una jurisdicción ambiental autónoma ni jueces con formación ambiental sistemática. Esto ha dificultado que las acciones legales prosperen o que se impongan sanciones ejemplares por infracciones ambientales.
Las estadísticas judiciales reflejan que son muy escasos los casos que llegan a condena por delitos ambientales. La mayoría de las infracciones se resuelven mediante acuerdos administrativos, multas irrisorias o simplemente se dejan impunes. La lentitud de los procesos, la falta de acceso a la justicia por parte de las comunidades afectadas y la escasa implementación del principio de justicia ambiental, agravan aún más el problema.
Un ejemplo destacable fue la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) en 2014 que anuló la licencia ambiental otorgada a la empresa Lajún Corporation para operar el vertedero de Duquesa, por considerar que se violaron procedimientos legales y derechos fundamentales de la población. Este precedente, aunque limitado, demuestra que la presión social puede activar los mecanismos legales en defensa del ambiente.
Aun así, la participación ciudadana sigue enfrentando muchas barreras. Las comunidades rurales carecen de asesoría legal, y los mecanismos de consulta pública establecidos en la Ley 64-00 y otras normativas, muchas veces son meras formalidades. La educación ambiental también es escasa en las escuelas, universidades y medios de comunicación.
La corrupción administrativa y el clientelismo político afectan directamente la eficacia del sistema jurídico en materia ambiental. Se han documentado casos donde funcionarios públicos han favorecido empresas con licencias ilegales, han hecho caso omiso a informes técnicos, o han omitido acciones legales a cambio de algún beneficio, pues no se sabe…
Esto genera un clima de impunidad y desconfianza hacia las instituciones encargadas de proteger el entorno natural. La falta de transparencia en los procesos de otorgamiento de permisos ambientales y la ausencia de auditorías independientes agravan esta percepción. Es necesario establecer mecanismos de control más estrictos, como veedurías ciudadanas, órganos de fiscalización autónomos, y el uso de tecnologías como plataformas digitales abiertas para el seguimiento de denuncias ambientales.
En conclusión la eficacia del sistema jurídico dominicano en materia medioambiental es, en términos generales, deficiente. A pesar de contar con una legislación robusta, su aplicación práctica se ve limitada por debilidades institucionales, falta de voluntad política, corrupción y escasa participación ciudadana. No obstante, la presión de la sociedad civil y el despertar ecológico de nuevas generaciones pueden marcar un punto de inflexión.
El medio ambiente no puede seguir siendo un tema secundario en la agenda del Estado. La supervivencia misma de las generaciones futuras depende de la protección efectiva de nuestros recursos naturales. Solo a través de un sistema jurídico fortalecido, transparente y comprometido con la justicia ambiental, podrá la República Dominicana aspirar a un desarrollo sostenible e inclusivo.