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Nueva ley podría prohibir consumo de alcohol en las vías publicas

Santo Domingo. El Congreso  de la República aprobó este martes en primera lectura un proyecto de ley para controlar la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional.

El proyecto de ley contiene la prohibición del consumo de alcohol en la vía pública, en vehículos y motocicletas, así como la imposición de nuevas normas para los lugares de dispendio de bebidas.

El proyecto de ley establece en su artículo 52 la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.

“Se prohíbe consumir bebidas alcohólicas obstruyendo la vía pública, aceras, calles, avenidas o parques, perturbando la tranquilidad de las instituciones determinadas por esta ley como sensibles”, marca su artículo 52.

Párrafo siguiente, indica que las personas que incurran en esta violación serán sancionadas con una multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público.

La iniciativa legislativa prohíbe también el consumo y el traslado de bebidas alcohólicas en vehículos y motocicletas.

Precisamente, el artículo 48 prohíbe trasladar a los conductores de vehículos bebidas alcohólicas dentro del área de pasajeros.

En tanto que, en el párrafo siguiente, establece que en caso de que las bebidas alcohólicas estén abiertas, “deberán trasladarse en el baúl o en la parte trasera del vehículo de motor”.

Otro de los artículos establecidos afecta a conductores de motocicletas, prohibiendo trasladar bebidas alcohólicas en las manos, tanto abiertas como con su sello de fábrica.

Las personas que violen este articulo serán multadas de uno a cinco salarios mínimos del sector público.

La iniciativa tomada por el vicepresidente del hemiciclo, Santiago Jose Zorrilla en caso de ser aprobada por el senado dejaría atrás los famosos teteos que se fomentan en los sectores populares y parques en las diferentes provincias del país.

El proyecto de ley , asimismo establece que todos los centros de expendio de bebidas alcohólicas deberán solicitar una licencia para poder seguir  con las ventas.

La licencia que necesitan los negocios de bebidas alcohólicas serán concedidos por la Dirección General de Control de Bebidas Alcohólicas (DIGECOBA) esta será un nuevo órgano especializado y dependiente del Ministerio de Interior y Policía.

Específicamente, los nuevos lugares de expendio de bebidas, tras la hipotética promulgación de la ley, deberán estar instalados a menos de 100 metros de “instituciones sensibles” como escuelas, hospitales, instancias infantiles, universidades, iglesias, parques, entre otros.

En relación a los horarios, los centros de ventas sólo podrán vender bebidas alcohólicas de 6:00 de la mañana a 12:00 de la noche de domingo a jueves, mientras que los viernes y sábados sería de 6:00 de la mañana a 2:00 de la madrugada.

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